Para crear una Escuela de conductores no profesionales o de Clase B, tendremos que tener en cuenta, en primer lugar, la información especificada en el artículo 31 de la Ley de Tránsito.

Si elegimos esta opción, podremos impartir cursos para la obtención de la licencia Clases A1, A2, B, C y D. Veamos los requisitos.

LOS VEHÍCULOS

Deberemos contar con los siguientes vehículos:

  • Clase A1: vehículo de transporte de pasajeros con capacidad superior a 17
    personas.
  • Clase A1: automóvil destinado al transporte público de personas.
  • Clase A2: vehículos de carga de, al menos, 6 toneladas.
  • Clase B: dos vehículos motorizados de cuatro ruedas, los que podrán ser 2 para transporte de personas con capacidad de hasta 7 asientos, excluido el del conductor, o de carga de capacidad igual o inferior a 1.750 kilógramos.
  • Clase C: una motocicleta de hasta 125 cc. y una de 500 cc. o más.
  • Clase D: vehículos
    especiales con previa autorización municipal.

Todos estos vehículos han de poseer un sistema de cambio mecánico, tener espejos retrovisores laterales externos y llevar un letrero con las siguientes características:

  • Tres caras formando un triángulo equilátero.
  • Cada lado tiene que tener 50cm de ancho por 25cm de alto.
  • En cada lado, la leyenda «EN PRÁCTICA» y una letra A.
  • Letras de color negro, excepto la A, que será de color rojo.
  • Orla de 1cm de ancho de color negro.
  • Color de fondo: amarillo.

LA PÓLIZA

La Escuela deberá tener una póliza a favor de terceros, por un valor no inferior a U.F. 1000 y tendrá que mantenerla vigente.

EL LOCAL

El local deberá contar con un lugar de recepción, una sala para las clases teóricas y una sala de laboratorio donde se realizarán los exámenes de agudeza visual y visión de colores -deberá incluir optotipos en escala de décimas o equivalente y tablas seudoisocromáticas.

También deberemos tener una maqueta que contenga situaciones de tránsito, un juego de señales de tránsito en réplica, diapositivas y películas, láminas murales y piezas de vehículos motorizados

EL DIRECTOR DE LA ESCUELA

Sus funciones son:

  • Representar a la escuela.
  • Firmar los certificados de término de curso.
  • Mantener al día el libro de registro de los alumnos.
  • Hacer cumplir el plan de estudios.
  • Aportar estadísticas sobre alumnos matriculados y examinados.

LOS INSTRUCTORES

Deberá haber, al menos, un instructor de teoría de tránsito y de mecánica básica y dos instructores para la enseñanza práctica de la conducción.

Estos últimos deberán acreditar que poseen la licencia de conducción de la enseñanza que vayan a impartir, así como tener idoneidad moral.

Acreditarán también que poseen el 4º año de enseñanza medio o equivalente, la aprobación de algún curso en materia de tránsito y mecánica y haber aprobado los exámenes de conocimientos teóricos y prácticos de conducción y mecánica básica, así como los exámenes sicosensoriales cada dos años.
El temario

La parte teórica incluirá contenidos sobre educación vial, la normativa de tránsito, la señalización, los elementos de seguridad del auto, la prevención de accidentes y mecánica del automóvil.

La parte práctica incluirá la enseñanza del funcionamiento del coche así como prácticas de circulación en condiciones de tránsito diario.

OTROS

Nuestra Escuela de Conductores no Profesionales también debe tener:

  • Libro de registros.
  • Copia fiel del reglamento a disposición de los alumnos.
  • Libro de sugerencias y reclamos.
  • Libro de inspección.